El máximo intérprete de la Constitución declaró fundada la demanda del Ejecutivo y dispuso que las pesquisas se reanuden una vez que la presidenta deje el cargo en julio de 2026.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, y ordenó suspender todas las investigaciones abiertas contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, hasta que concluya su mandato en julio de 2026.
En su resolución, el TC precisa que las pesquisas podrán retomarse una vez que la jefa de Estado deje el cargo, de acuerdo con el artículo 117 de la Constitución, que regula los casos en los que un presidente puede ser acusado durante su gestión. La decisión surtirá efecto desde su notificación oficial al Ministerio Público y al Poder Judicial.
La demanda fue interpuesta por el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Huerta, quien argumentó que las investigaciones en curso —relacionadas a las muertes en protestas, el caso Rolex y el caso cofre— afectaban las funciones de la mandataria en la conducción de la política general de gobierno. Fiscalía y Poder Judicial sostenían que sí era posible investigar penalmente a un presidente en funciones.
En sus fundamentos, el TC advierte que las diligencias iniciadas por la Fiscalía contra Boluarte carecieron de un “marco jurídico habilitante” y afectaron el ejercicio de la autoridad estatal. Además, cuestiona que el Ministerio Público haya cambiado de criterio sobre la imposibilidad de investigar a un presidente en funciones, sin una justificación razonable o motivada.
El fallo subraya que las posiciones institucionales de órganos autónomos como el Ministerio Público no deberían variar con cada cambio de titular, sino sostenerse con un nivel adecuado de razonabilidad y argumentación, garantizando estabilidad en la interpretación de las normas constitucionales.