A partir del 3 de agosto de 2023, los usuarios que enfrenten interrupciones en el servicio de internet fijo, atribuibles a la empresa operadora, recibirán una compensación económica. Esta medida, respaldada por la Ley N.° 31761 que modifica el Decreto Legislativo N.° 702, busca asegurar que los usuarios tengan acceso ininterrumpido a servicios de calidad en telecomunicaciones.
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) estableció que las compensaciones variarán según la duración de la interrupción del servicio. Los usuarios recibirán una devolución correspondiente al período afectado y serán compensados hasta cuatro veces el valor de dicha devolución.
Según el presidente ejecutivo de OSIPTEL, Rafael Muente Schwarz, esta medida incentivará a las empresas operadoras a reducir las interrupciones y a brindar una atención oportuna a los usuarios durante caídas en sus servicios.
Cabe destacar que esta figura de compensación no es nueva en la legislación peruana, ya que está prevista en la Ley de Concesiones Eléctricas para los servicios de distribución de electricidad.
Para calcular el monto de compensación, se empleará un factor multiplicativo diferenciado según la duración de la interrupción. Por ejemplo, para interrupciones de 60 a 300 minutos, el monto de compensación será 2.5 veces el monto de la devolución.
La norma establece factores multiplicativos de 3, 3.5 y 4 para interrupciones de mayor duración. Es importante destacar que la compensación se realizará junto con la devolución correspondiente al abonado por la interrupción del servicio.