Mallplaza interpuso una querella penal en contra de seis empleados de la Municipalidad de Trujillo. Se les acusa del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Abuso de Autoridad, alegando que ordenaron el cierre de su centro comercial excediendo sus competencias y sin ofrecer argumentos ni la debida justificación.
El 24 de diciembre de 2023, la Municipalidad de Trujillo llevó a cabo una inspección en el Mallplaza de la ciudad, imponiendo una sanción de cierre temporal de 30 días. Se alegó un presunto incumplimiento de las normas de seguridad, protección contra incendios y/o código eléctrico. Sin embargo, se omitió el hecho de que la construcción y apertura de Mallplaza Trujillo se llevaron a cabo en 2007, antes de la Resolución Ministerial No. 175-08 del Ministerio de Energía y Minas del 11 de abril de 2008, que estableció la obligación de usar cables libres de halógeno.
En la respuesta legal de Mallplaza se enfatiza que durante la construcción y apertura comercial del centro comercial, se cumplió estrictamente con la normativa vigente en ese momento, lo que llevó a la autorización de operación por parte de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Además, en el momento de la inspección, Mallplaza Trujillo contaba con un Certificado de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) válido hasta 2024, emitido por la misma municipalidad, así como una licencia de funcionamiento en vigencia.
Según la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento (Ley N°28976), modificada por la Ley 31914, la clausura temporal de un establecimiento solo procede en situaciones como peligro inminente para la vida, salud, propiedad o seguridad, falta de licencia o ITSE, actividad no autorizada o generación de molestias en la zona. No obstante, durante la inspección, ninguna de estas condiciones estaba presente, ya que el centro comercial poseía todas las autorizaciones necesarias otorgadas por la Municipalidad de Trujillo.
Mallplaza argumenta en su denuncia que la Municipalidad Provincial de Trujillo pretende sostener sin fundamentos válidos, sino arbitrarios, que hay un peligro inminente, sin tener en cuenta lo establecido en la Ley N°31914, de rango superior a una Ordenanza Municipal, la cual define claramente el concepto de riesgo/peligro inminente.
El cierre del centro comercial ha afectado negativamente a más de 250 empresas y comercios cercanos, perjudicando la fuente de empleo de más de 7.500 trabajadores que laboran de manera directa o indirecta en el área urbana. Además, ha dejado de prestar servicios y atender las necesidades de aproximadamente 1.500.000 personas al mes.