JEE declara nulas las elecciones municipales distritales de Pataz por ausentismo superior al 50 %

Más de la mitad de los electores hábiles del distrito de Pataz no acudió a votar el pasado 4 de octubre. La nulidad solo alcanza a la elección municipal distrital y no afecta los resultados provinciales ni regionales.

El Jurado Electoral Especial de Pataz declaró de oficio la nulidad de las elecciones municipales distritales realizadas el 4 de octubre en el distrito de Pataz, provincia del mismo nombre, debido a que la inasistencia de electores superó el 50 % del padrón electoral. La decisión fue adoptada mediante la Resolución N.° 00609-2026-JEE-PTAZ/JNE, emitida el 19 de octubre.

Según el documento, de 6,978 electores hábiles, solo 3,314 acudieron a votar, mientras que 3,664 no participaron, lo que representa un ausentismo del 52.508 %. La normativa electoral establece que una elección municipal puede ser anulada cuando la inasistencia supera la mitad de los ciudadanos habilitados para sufragar.

En el conteo de votos válidos, Podemos Perú obtuvo 1,464 votos, equivalente al 67.59 %, mientras que Alianza para el Progreso alcanzó 702 votos, correspondiente al 32.41 %. Sin embargo, estos resultados no podrán ser proclamados debido a la nulidad declarada por el JEE.

El organismo electoral también declaró improcedente por extemporánea la solicitud de nulidad presentada por el personero legal nacional de Alianza para el Progreso, Carlos Enrique Cabrera Alvarado, al considerar que fue formulada fuera del plazo establecido.

La resolución precisa que la nulidad afecta exclusivamente a la elección municipal distrital de Pataz y no invalida los resultados correspondientes a la elección municipal provincial ni a la elección regional desarrolladas en la misma circunscripción.