El congresista Diego Bazán Calderón, Avanza País, presidente de dicha comisión señaló que, las propuestas de los procesos de capacitación estarán a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, previo convenio interinstitucional.

Armas no letales para serenazgo. Foto: Caretas

La Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, aprobó un texto sustitutorio que plantea modificar la Ley 31297, Ley del servicio de serenazgo municipal, que autoriza el uso de armas no letales.

Las propuestas de los procesos de capacitación estarán a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, previo convenio interinstitucional. Las mismas que se efectuarán en las escuelas técnico superiores ubicadas en las respectivas provincias, o en las unidades de instrucción de las regiones policiales y militares, según corresponda.

Además, la norma propone brindar capacitación básica, especializada y entrenamiento permanente a los serenos municipales, orientada a la adquisición de conocimientos, uso de armas no letales autorizadas y perfeccionamiento de habilidades necesarias para el adecuado desempeño de sus funciones.

Respecto al equipamiento, según los recursos de cada municipalidad, son los siguientes: grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y escopetas con cartuchos de perdigones de goma, para el cumplimiento de sus funciones. La finalidad es prevenir y disuadir la comisión de delitos y las faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.

Fuente: Caretas